Bonificaciones

De acuerdo con el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2025, inclusive, continúa aplicándose una reducción (*) del 50% en los billetes de 10 viajes y del 60% al Abono Transporte 30 días.

Se excluyen de esta medida los billetes sencillos y billetes Turísticos.

Se aplica un descuento del 30% a la Tarjeta Azul.

(*) Descuentos financiados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la Comunidad de Madrid y resto de administraciones adheridas al Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

Compensación de tarifa de títulos de transporte durante la tramitación de la acreditación de familias numerosas

De acuerdo con la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, en su artículo 7.1 los beneficios concedidos a las familias numerosas surtirán efectos desde la fecha de la presentación de la solicitud de reconocimiento o renovación del título oficial. Dado que el usuario solo puede acreditar la condición de beneficiario una vez que dispone del correspondiente título, procede la regularización de los importes pagados de más durante el periodo transcurrido entre la solicitud de reconocimiento o renovación del título oficial de familia numerosa y el momento en el que puede acreditar dicha condición. A este respecto, tendrán derecho a la regularización:

  • Los títulos de transporte cargados en la TTP personal del viajero que acredita la condición de familia numerosa.
  • Además, los títulos de transporte deberán haber sido adquirido entre la fecha de solicitud y la fecha de expendición del título familia numerosa.

En todo caso, el usuario dispone de un mes, a partir de la fecha de resolución del reconocimiento o renovación del título oficial de familia numerosa, para solicitar la regularización. Transcurrido dicho plazo se entiende que el usuario ha desistido del derecho de regularización.

A continuación, se indica el procedimiento a seguir para solicitar la compensación relativa a los títulos de transporte propiedad de Metro de Madrid y de TFM, siendo éstos:

  • Sencillo Metro Zona A
  • Sencillo MetroNorte
  • Sencillo MetroSur
  • Sencillo MetroEste
  • Sencillo TFM
  • 10 viajes TFM

El resto de títulos de trasporte válidos para viajar en Metro de Madrid son propiedad del Consorcio General de Transportes de Madrid (CRTM), debiendo el viajero acudir a una de sus oficinas de gestión para solicitar la compensación mediante cita previa.

Procedimiento de regularización

Se diferencian dos situaciones:

  • Primera solicitud del título de familia numerosa
  • Renovaciones del título de familia numerosa
Primera solicitud del título de familia numerosa

El viajero deberá realizar la solicitud mediante una reclamación a través de los canales habituales de los que dispone Metro de Madrid. En el momento de la reclamación, la TTP personal debe disponer del colectivo de familia numerosa actualizado.

La devolución del importe, resultante de la diferencia entre la tarifa sin bonificar y la tarifa bonificada, se realizará mediante transferencia bancaria.

Renovaciones del título de familia numerosa

En el caso de renovaciones del título de familia numerosa, el CRTM ampliará la bonificación en la TTP personal del viajero durante cuatro meses desde la caducidad del título actual, tiempo que se considera suficiente para la tramitación de dicha renovación. Para ello el usuario se dirigirá a una oficina de gestión del CRTM, donde presentará la solicitud de renovación del título de familia numerosa (*). En el caso de que la tramitación de la renovación exceda de los cuatro meses señalados, se realizará la compensación como se ha indicado para el caso de primera solicitud.

(*) Para más información consultar en la página web del CRTM el apartado Normativa, y dentro de éste, Títulos de Transporte